El otro día, Dani Herranz, compartía en su muro de LinkedIn un artículo de una posible política fiscal. A simple vista, parecía una buena iniciativa para los emprendedores que están empezando, pero si nos ponemos a analizar, quizá no sea tan buena.
Cuál es la propuesta
Vamos a analizar la propuesta que se propone de cara a las nuevas elecciones:
- Eximir a los autónomos de presentar el IVA trimestralmente
- Aunque no indican los umbrales de facturación, está pensado para bajos niveles.
Bien, a simple vista tiene buena pinta. Tienes un quebradero de cabeza menos, sobre todo si operas en el mundo online, ya que te olvidas de si tienes que poner IVA a tus clientes, sean de donde sean. Y te ahorras tener que pagar todo el dinero que le das a Hacienda en concepto de IVA cada trimestre.
Por qué no me gusta esta iniciativa
Bueno, vaya por delante que todo lo que sea simplificar el día a día de los autónomos, me parece más que correcto. Que ya tenemos suficiente con sacar adelante nuestro trabajo y conseguir los objetivos de facturación que nos hemos planteado.
Pero… hay que pensar siempre más allá. O eso, intentó enseñarme mi padre. Para entender mi postura, antes necesito que comprendas cómo funciona el IVA.
Cómo funciona el IVA
Como sabrás, no es un impuesto que pagamos los autónomos y empresarios. Sólo somos meros recaudadores. Realmente quien debe pagar este impuesto son los consumidores finales (nosotros mismos en muchas ocasiones cuando dejamos de trabajar y vamos a hacer la compra del día a día).
Aquí ya viene la primera pega. ¿Es realmente una liberación no tener que pagar el IVA?. Quizá a nivel administrativo sí, porque no tenemos que preocuparnos de presentar el Modelo 303 trimestralmente, y el Modelo 390 al final del año.
Aunque claro, si tenemos un gestor contratado, quizá no suponga ningún problema para nosotros. Por cierto, si necesitas un gestor especializado en el mundo online, puedo ayudarte.
Entonces por el lado de la administración no vale. Vamos a ver qué pasa por el lado de la presión fiscal.
Recordemos que nosotros (autónomos y empresarios) no pagamos el IVA. De hecho, la manera correcta de poner nuestros precios es incrementar la base imponible por el tipo de IVA correspondiente. Pongo un ejemplo por si no se entiende bien.
Imagina que vendes un curso pregrabado en una página web. La forma ideal de poner el precio no es mirar a la competencia en la pestaña de al lado. De hecho, deberías incorporar todos los costes asociados a la generación de ese curso y calcular cuánto te ha costado ponerlo en la web, tal y como lo verán tus clientes.
Aquí, por supuesto, debemos incluir, número de horas dedicadas, parte proporcional de otros gastos comunes con otros bienes, etc…
Una vez que hayas sacado esa cifra, lo ideal sería que, y ahora sí, miraras cómo está el mercado. Imagina que te sale un total de 20€. Bueno, en ese caso, o el curso es muy light, y lo puedes vender como tripwire, o eres un crack y sacas mucha más rentabilidad a tus cursos que los demás.
El siguiente paso, como digo, sería el de comprobar el precio de otros agentes del mercado (vamos, tu competencia), para ver cómo lo están valorando ellos.
Y ahora sí, sobre ese precio, que a partir de ahora llamaremos Base Imponible, debes aplicar los impuestos correspondientes. En este caso, el 21% de IVA.
¿No pagar el IVA va a suponer una ayuda económica para nuestros negocios?
¿Qué ocurre?, pues que en términos económicos, te da igual cobrar IVA o no. Ya que lo que estás haciendo es incrementar el precio a tu producto, por la cantidad que tienes que pagar.
Ya Nuria, pero lo que estamos haciendo es subir el precio de nuestro producto.
Sí, efectivamente. Pero igual que tú, el resto de personas que están vendiendo cursos pregrabados, deben subirlo en la misma proporción. Por lo tanto, la lucha de precios no va a depender de si pones IVA o no, sino de la base imponible que hayas puesto.
Una excepción
Bueno, hay una ocasión en que sí te importaría cobrar IVA, o te ayudaría no cobrarlo. Me refiero al caso en que tus clientes sean consumidores finales, vamos que no son empresas y no se lo pueden deducir.
Este es el único caso en que sí te afectaría cobrar IVA. Si te acoges a esta ayuda que comentaban en el artículo de Dani, podrás bajar tus precios mientras sigas los criterios de facturación que indiquen.
Y ojo al dato, porque aquí viene el problema. Imagina que has podido acogerte a la ayuda, y que estás vendiendo tus productos más barato que la competencia ya que no aplicas el 21%. Además de que estaríamos ante un caso de guerra de precios, cosa que si eres pequeño comercio no te recomiendo en absoluto, en el momento en que consiguieras la facturación necesaria para volver a cobrara IVA, perderías cuota de mercado. Es decir, posiblemente perderías clientes. Esos que se fueron contigo no porque tu producto sea bueno, o porque les caigas mejor, sino porque son muy sensibles a los cambios de precios.
¿Y qué harían?, se irían con otro emprendedor que está empezando y tiene unos niveles de facturación más bajos.
Conclusión
¿Esta medida ayuda realmente al emprendedor?, en mi opinión no. Lo que hace es lo mismo que el dicho:
Pan para hoy y hambre para mañana
Vamos, que durante un tiempo estaría bien porque conseguirías vender más, pero en cuanto consigas mover el engranaje de tu negocio, volverías a las mismas.
Por supuesto, todo esto bajo dos supuestos. El primero es ceteris paribus, es decir, suponemos que no harás una estrategia para coger posiciones en el mercado con otro producto mientras te mantienes con el primero.
Y sí, no es un supuesto tan descabellado. No todo el mundo tiene suficientes conocimientos sobre negocios como para entender la importancia de la diversificación.
Y el segundo es que sólo es válido para los autónomos que venden a consumidor final. Los que venden a empresarios y profesionales, se quedarán igual.
Bueno, igual no. En ambos casos, supongo que no te dejarán deducirte el IVA de tus facturas recibidas, así que sales perdiendo por este lado también.